jueves, 13 de enero de 2011

Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre el Reino de Coghland y Nueva Noya y el Reino de Buenos Aires

Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre el Reino de Coghland y Nueva Noya y el Reino de Buenos Aires

Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:

Uno. Ambas naciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.

Dos. Ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.

Tres. Ambas naciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.

Cuatro. Ambas naciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente. Se procederá a la apertura inmediata de embajadas, con la imagen de la bandera del otro país firmante y sus direcciones electrónicas.

Se firma el presente Tratado el día 12 de enero de 2010

Por el Serenísimo Reino de Coghland y Nueva Noya:
Dr. Héctor de Tamborini, Primer Ministro.
SAR Andrés de Castilla-Génova y Noya, Príncipe Regente de Coghland.

Por el Reino de Buenos Aires:
Dra. Brenda Bierhoff, Primera Ministra.

Reino de Coghland y Nueva Noya

Reino de Coghland y Nueva Noya

Dirección:
Avenida de las Magnolias 827
(2345) Nueva Buenos Aires (DE)

Embajada de Coghland

Foro de la Embajada

Correo Electrónico: reinodecoghland@gmail.com

martes, 11 de enero de 2011

Reino de Guedvar

Reino de Guedvar

Dirección:
Avenida de las Magnolias 814
(2345) Nueva Buenos Aires (DE)

Embajada de Guedvar

Foro de la Embajada

Sitio Web Oficial: http://guedvar.blogspot.com/
Correo Electrónico: reinodeguedvar@gmail.com

Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre el Reino de Guedvar y el Reino de Buenos Aires

TRATADO DE AMISTAD, COLABORACIÓN Y RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE EL REINO DE GUEDVAR Y EL REINO DE BUENOS AIRES

Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:

Uno. Ambas naciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.

Dos. Ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.

Tres. Ambas naciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.

Cuatro. Ambas naciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente. Se procederá a la apertura inmediata de embajadas, con la imagen de la bandera del otro país firmante y sus direcciones electrónicas.

Se firma el presente Tratado el día 04 de Abril de 2009

Por el Reino de Guedvar: Jean Phillippe Mihaspaçegântt Boilhez, Ministro de Orden

Por el Reino de Buenos Aires: Dra. Brenda Bierhoff, Primera Ministra.

jueves, 8 de julio de 2010

Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre el Estado Virtual de Miurer y el Reino de Buenos Aires

TRATADO DE AMISTAD, COLABORACIÓN Y RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE EL ESTADO VIRTUAL DE MIURER Y EL REINO DE BUENOS AIRES.

Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:

Uno. Ambas micronaciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.

Dos. Ambas micronaciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.

Tres. Ambas micronaciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.

Cuatro. Ambas micronaciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente. Se procederá a la apertura inmediata de embajadas, con la imagen de la bandera del otro país firmante (OPCIONAL) y sus direcciones electrónico.

Cinco- Para retirarse del tratado habrá que avisar 48 horas antes por correo electrónico.

Dado en el Palacio Estatal de Hansbruck, Estado Virtual de Miurer a 8 de julio del 2010

Por el Estado Virtual de Miurer:
S.Exc. Guillermo Hansbreck.

Por el Reino de Buenos Aires:
S.M. Carolus I, Rey de Buenos Aires, Duque de Nueva Baviera.

Estado Virtual de Miurer

Estado Virtual de Miurer

Dirección:
Avenida de las Magnolias 807
(2345) Nueva Buenos Aires (DE)

Embajada de Miurer

Foro de la Embajada

Correo Electrónico: gobierno-miurer@hotmail.com

domingo, 11 de abril de 2010

Decreto 005/10

Por razones diplomáticas derivadas del comunicado de la República Akhin exigiendo la anulación de leyes aprobadas por el H.G.C. y de la nota periodística Publicada por D. Iosif Fuenmayor, Jefe de Estado de la URSSV, difamando a los miembros de la OMU, de los cuales Buenos Aires forma parte, el Ministerio de Asuntos Exteriores, y con el aval del Poder Ejecutivo Nacional decreta:

Art. 1 - Se procede a recatagorizar el status de las relaciones diplomáticas con la República de Akhin y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas de Venezuela, según lo estipulado por la Ley 3914 de Jearquización de Relaciones Diplomáticas.

Art. 2 - Las Relaciones Diplomáticas con la República de Akhin serán Consideradas de Categoría 5 "Micronaciones con Reconocimiento Mutuo".

Art. 3 - Las Relaciones Diplomáticas con la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas de Venezuela serán Consideradas de Categoría 5 "Micronaciones con Reconocimiento Mutuo".

Art. 4 - Esta recategorización será de tiempo indefinido, y hasta tanto se llegue a una solución en las cuestiones presentadas a raíz de la actitud de las micronaciones señaladas en el Art. 1 del presente decreto.

Art. 5 - De no haber respuesta formal en un plazo no mayor a siete días a partir del envío de sendos comunicados a dichas micronaciones, se considerará esto como una falta de interés por continuar con el contacto diplomático con el Reino de Buenos Aires, procediendose a la ruptura de Relaciones Diplomáticas de forma inmediata, comunicandose para ello a las respectivas micronaciones.

Art. 6 - Comuníquese, Regístrese, Archívese.

Dra. Brenda Bierhoff - Primera Ministra
Dr. Celedonio Tejedor - Ministro de Asuntos Exteriores
Reino de Buenos Aires