Tratado de Amistad Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre la República Transletania y el Reino de Buenos Aires
Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:
Uno. Ambas naciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.
Dos. Ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.
Por el Reino de Buenos Aires: S.M. Carolus I, Rey de Buenos Aires
Por la República Transletania: franci9756
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