sábado, 24 de enero de 2009

Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre el Reino de Buenos Aires y la República Federal Socialista Sirmana

Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre el Reino de Buenos Aires y la República Federal Socialista Sirmana

Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus
respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena
voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los
siguientes puntos:

Uno. Ambas naciones reconocen mutuamente su existencia como
micronaciones legales y constitucionales con plena independencia.

Dos. Ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y
respetan mutuamente sus símbolos, instituciones y ordenamientos
jurídicos.

Tres. Ambas naciones manifiestan su voluntad de continuar sus
contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de
amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y
fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente,
del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de
comunicación permanente.

Cuatro. Ambas naciones se comprometen mutuamente a hacer pública la
firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de
los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en
sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente.
Se procederá a la apertura inmediata de embajadas, con la imagen de la
bandera del otro país firmante y sus direcciones electrónicas.

Cinco. La firma del presente Tratado no implica reconocimiento de
soberanía territorial alguna de parte de ninguna de las dos
micronaciones firmantes. Solo reconoce la existencia de los gobiernos
micronacionales respectivos.


Se firma el presente Tratado el día 24 de Enero de 2009

Por el Reino de Buenos Aires: S.M. Carolus I, Rey de Buenos Aires

Por la República Federal Socialista Sirmana: Ministro. Nemequene G. de Techotiva

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